5.5 TEMPORALIDAD Y ALCANCE DE LOS CERTIFICADOS DE CALIDAD.
La
norma ISO 9001 en la cláusula 1 “Alcance”, define el alcance de la norma misma.
Esto no debe ser confundido con el alcance del SGC, que es un término
comúnmente utilizado para describir los procesos, productos (y / o servicios),
y las instalaciones, departamentos, divisiones, etc., de la organización a los
cuales la organización aplica un SGC formal. (Nota, este no necesariamente
incluye todos los procesos, productos, instalaciones, departamentos, o
divisiones, etc., de la organización). El alcance del SGC debe estar basado en
la naturaleza de los productos de la organización y sus procesos de
realización, el resultado de una evaluación de riesgo, consideraciones
comerciales, y requisitos contractuales y reglamentarios. Aunque la norma ISO
9001 es genérica, y aplicable a todas las organizaciones (sin importar el tipo,
tamaño y categoría de producto), bajo ciertas circunstancias, una organización
pudiera excluir el cumplimiento con algunos requisitos específicos de la norma
ISO 9001 (de la cláusula 7), y le es permitido declarar conformidad con la
norma. Esto es porque se ha reconocido que no todos los requisitos en esta
cláusula de la norma son relevantes para todas las organizaciones. La misma
norma ISO 9001permite estas exclusiones a través de la cláusula 1.2
“Aplicación”. Consecuentemente, el alcance de la certificación abarca el
alcance del SGC, así como cualquier requisito de la norma ISO 9001 excluido
según lo descrito. Ya que los términos alcance del SGC y alcance de la
certificación frecuentemente se usan indistintamente, esto puede llevar a una
confusión cuando un cliente o usuario final está tratando de identificar que
partes de una organización ha sido certificada en ISO 9001, que líneas de
productos o Traducción libre realizada por INLAC . Procesos están cubiertos por
el SGC, o que requisitos de la norma ISO 9001 han sido excluidos.
Una
vez otorgada la certificación, el alcance del certificado puede ser modificado,
ya sea ampliando o reduciendo sus procesos, productos/ servicios, sitios, y/o departamentos
involucrados en su alcance inicial, para lo cual la organización debe
solicitarlo por escrito indicando las modificaciones deseadas.
Si
se trata de ampliar o reducir sitios la solicitud debe incluir:
·
Domicilio del o los sitios
·
Razón social o comercial de cada sitio
·
Número de empleados que laboran por sitio
·
Elementos de la norma que serán evaluados en
casa sitio
En
el caso de SGIA los sitios a considerar en una ampliación deben estar en el
mismo país. Si la organización cuenta con sitios fuera del país en donde se
encuentra ubicado el o los sitios que forman parte del alcance de la
certificación inicial, estos no podrán ser considerados para una ampliación.
El
IMNC, debe otorgar la ampliación / reducción del alcance siempre y cuando la
organización:
Cumpla
con todos los elementos establecidos en el apartado 6.1 de estas condiciones,
excepto los incisos e) y h); cumpla con los requisitos aplicables a las
actividades relacionadas con la ampliación o reducción y sus interacciones;
observe apego estricto al Reglamento de uso de marca de sistemas de gestión del
IMNC.
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